El Decreto 1630 de 2021, emitido por el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible de Colombia, establece el marco regulatorio para el manejo seguro de los componentes químicos utilizados en la industria. Si tu empresa produce, importa o utiliza estas sustancias en sus procesos, es fundamental comprender estas obligaciones permanentes para evitar sanciones y garantizar la continuidad del negocio.
Cambios regulatorios y nuevas obligaciones para las empresas en 2026
El panorama del cumplimiento ambiental industrial ha evolucionado de forma estricta. Estos son los puntos críticos que la gerencia debe tener en cuenta para el año en curso:
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Consolidación del inventario nacional: el 31 de mayo de 2025 se publicó oficialmente el primer Inventario Nacional de Sustancias Químicas de Uso Industrial (INSQUI), el cual cuenta con más de 4.400 sustancias registradas en Colombia.
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Carga para sustancias nuevas: cualquier sustancia regulada que no haya sido registrada antes de la fecha límite de mayo de 2025 se clasifica automáticamente como “sustancia nueva”, quedando sujeta a costosos estudios y requisitos adicionales de evaluación de riesgo antes de su comercialización.
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Obligación permanente de reporte: las empresas deben reportar de manera obligatoria y fija cada mes de septiembre la información técnica correspondiente al año fiscal anterior.
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Programas de priorización vigentes: durante 2026, las autoridades avanzan en la identificación de sustancias de alto impacto para la salud y el medio ambiente, lo que exigirá planes de reducción de riesgo específicos a las industrias que las empleen.
Alcance de la normativa: ¿qué empresas del sector manufacturero deben cumplir?
Este decreto aplica a todas las personas jurídicas que participen en cualquier etapa del ciclo de vida de las sustancias químicas de uso industrial en el territorio nacional. El cumplimiento abarca a:
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Fabricantes y productores nacionales.
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Empresas importadoras de materias primas químicas.
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Comercializadores y distribuidores mayoristas.
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Usuarios industriales que incorporen estos insumos en sus cadenas de producción.
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Transportadores de mercancías peligrosas.
Clasificación y umbrales de las sustancias químicas de uso industrial sujetas a control
La norma regula a las sustancias químicas clasificadas con algún nivel de peligro según el Sistema Globalmente Armonizado (SGA), implementado en el país mediante el Decreto 1496 de 2018. El reporte es obligatorio para sustancias puras o mezclas de carácter peligroso que superen el umbral de los 100 kg anuales (por sustancia).
Sustancias excluidas de la norma: quedan exentas aquellas materias primas con regulaciones específicas previas (como plaguicidas, cosméticos o medicamentos), los polímeros, las sustancias de origen natural sin procesamiento químico, las muestras sin valor comercial y los productos en tránsito aduanero.
Ruta de cumplimiento técnico para fabricantes e importadores industriales
Para garantizar el cumplimiento del Decreto 1630 de 2021, las empresas manufactureras que superen el umbral de los 100 kg al año deben ejecutar los siguientes pasos de ingeniería legal:
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Auditoría de inventario: identificar y clasificar las sustancias químicas que ingresan a la empresa bajo los criterios y etiquetas del SGA.
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Registro en la plataforma oficial: realizar la inscripción corporativa en el aplicativo INSQUI a través del portal SICAL con el NIT de la compañía.
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Reporte anual indexado: declarar cada septiembre las cantidades, números CAS, clasificaciones de peligro y usos industriales específicos del periodo anterior.
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Actualización de seguridad: garantizar que cada producto cuente con su Ficha de Datos de Seguridad (FDS) actualizada bajo los parámetros del Decreto 1496 de 2018.
Responsabilidades legales de la empresa según su rol en la cadena de valor
Las obligaciones varían de acuerdo con la posición que ocupe tu organización dentro del mercado industrial:
| Rol en la cadena | Obligación principal ante la normativa |
| Fabricantes e importadores | Registro obligatorio en el INSQUI, clasificación SGA, etiquetado técnico, suministro de FDS y reporte anual consolidado en septiembre. |
| Comercializadores y distribuidores | Verificar el etiquetado SGA del producto y garantizar la entrega oportuna de la FDS actualizada a los clientes finales. |
| Usuarios industriales | Exigir y verificar el cumplimiento del SGA a los proveedores, aplicar programas internos de reducción del riesgo e informar nuevos usos al importador. |
| Transportadores | Cumplir estrictamente con los protocolos de manejo de la FDS y la normativa nacional de transporte de carga peligrosa. |
Dudas frecuentes en la industria sobre el reporte obligatorio ante el INSQUI
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¿Qué sucede si la empresa no reportó antes del vencimiento de mayo de 2025?
Las sustancias omitidas ahora se tratan como “sustancias nuevas”. Para utilizarlas o comercializarlas en volúmenes superiores a 100 kg al año, la empresa debe asumir el costo de evaluaciones de riesgo adicionales exigidas por el Ministerio de Ambiente.
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¿La norma aplica si compramos las materias primas localmente y no somos importadores?
La obligación de registro en el INSQUI recae sobre tu proveedor (el fabricante o importador directo). Sin embargo, como empresa del sector manufacturero, eres responsable de exigir las Fichas de Datos de Seguridad bajo el SGA y de implementar los controles de riesgo en tu planta de producción.
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¿Un fabricante extranjero puede registrar directamente sus productos?
Sí. Los fabricantes internacionales pueden designar un Representante Exclusivo Exterior (REE). Esto protege la información confidencial de negocio (CBI) y las fórmulas patentadas, evitando exponer datos sensibles ante los importadores locales en Colombia.
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¿Cuáles son las consecuencias de no cumplir con esta regulación?
El incumplimiento da lugar a investigaciones y pliegos de cargos por parte de las autoridades ambientales competentes. Las sanciones incluyen multas económicas significativas y la suspensión temporal o definitiva de las actividades operativas de la compañía.
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